Carabobo
Virtuosismo, memoria y creatividad en concierto del Conservatorio de Música de Carabobo
Estudiantes del Conservatorio de Música de Carabobo demostraron virtuosismo, memoria y creatividad durante el 4to. Recital de Música de Cámara, temporada 2022-2023; con participación de las cátedras de Guitarra, Violonchelo, Trompeta, Flauta Transversa y Música de Cámara.
El concierto se celebró en el Salón Tarbes de Cristal Park Hotel, donde docentes, padres, representantes y público en general pusieron de manifiesto, con contundentes aplausos; su satisfacción por el progreso de los estudiantes en la ejecución de sus respectivos instrumentos.
Pocas instituciones dan importancia a la memoria, no es el caso del Consermuca, donde este recurso es indispensable para la presentación de sus alumnos ante el público.
Fue así, de memoria, violonchelo en mano y acompañado del piano de Valeria Vejar, como Daniel Orozco, con tan solo ocho años de edad, interpretó Estudio 14, del japones Shinichi Suzuki; este alumno demostró además coordinación con la mano izquierda, al incorporar el arco y -aparte- su afinación ya con la cuerda dos.
4to. Recital de Música de Cámara…
Fabiana Torres ejecutó, igualmente de memoria, la Suitte III (Allemande), de Johann Sebastian Bach, cuyas obras son obligadas para violonchelo, tal y como lo explicó la propia estudiante ante el público;“El maestro Pablo Casal las encontró en una tienda, su padre se las compró y comenzó a grabarlas, desde entonces todo chelista debe estudiarlas. Son unas de las obras más famosas para violonchelo”. En total son seis las Suites de Bach.
La obra Trío en Sol menor (I mov.) de Antonio Vivaldi involucra un Laúd, pero en sustitución de este instrumento se incorporó otro de cuerda, la guitarra, ejecutada en esta ocasión por el estudiante Diego González; logrando un resultado bastante cercano, junto a Luis González, en la flauta; María Gadea, fagot; y Paola González, en el violín.
Entretanto, Valeria Vejar y Paola González, de la cátedra de violín, interpretaron Sonata II de Gioachino Rossini, una pieza de gran virtuosismo; ellas contaron con el acompañamiento de Mariangel Briceño, con violonchelo; y Dámaso Castillo, en el contrabajo.
Otras presentaciones
De Piano Complementario participó la alumna Nicol Vera, con la obra Ana Magdalena Nº17, de Johann Sebastian Bach; y Maquina Surci, de Flor Roffé de Estévez. También por esta cátedra, el estudiante Luis Gónzalez ejecutó «Allegro in A Major», de Wolfgang Amadeus Mozart.
Camila Ojeda, de Flauta Transversa, interpretó Duetto, de Johann Stamitz, en compañía del profesor Luis González, responsable de la cátedra; Jesús Rodríguez, de Trompeta, ejecutó Lección 28, de Joseph Arban; y Melodía. Víctor Bastidas, junto a Jesús Rodríguez, brindaron Duo para trompetas Air, de W. Mozart.
María Gadea (fagot) y Damaso Castillo (contrabajo), Duo de Wolfgang Mozart. Por la Cátedra de Guitarra, Jesús Colmenares y Jorge Pérez, con El Condor Pasa (dueto); Dariannys Cambero y Daniel Pérez, interpretaron Todos a mirar, de autor anónimo; y Zain Rondó, Los Sueños, de Astor Piazzola.
ACN/MAS/NDP
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Carabobo
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
La Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios, por instrucciones del alcalde Lorenzo Remedios, con el Decreto número 17, mediante el cual se concede la condonación de las sanciones, multas e intereses moratorios, causados por deudas en materia de impuesto inmobiliario en los años 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Señala además que se aplicarán exclusivamente a los inmuebles de uso comercial, industrias, oficinas, servicios turísticos, galpones y depósitos, con el fin de dinamizar y optimizar los procesos en la Dirección de Catastro.
Alcaldía de Bejuma condona deudas en impuestos inmobiliarios
Se establece un plazo de 30 días continuos a partir del 1 de agosto de 2026, hasta el 31 de agosto de 2026, para que los contribuyentes que opten por suscribir el convenio de pago se adhieran al presente Decreto y a la vez facilitar a los comerciantes del municipio Bejuma, actualizar, adecuar y legalizar sus obligaciones ante la administración tributaria municipal.
Quedan excluidos de este beneficio los contribuyentes que ya gocen de convenios anteriores a la entrada en vigencia del presente Decreto.
Por último refiere que se encarga a la Dirección de Catastro y a la Dirección de Hacienda Municipal la ejecución, fiscalización y divulgación del presente Decreto.
ACN/MAS/NDP
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