La congresista, miembro del Pacto Histórico, el mismo partido de Petro, ordenó “suspender provisionalmente del ejercicio del cargo” al mandatario hasta el próximo 21 de junio a las 16:00 hora local, cuando se cierran las urnas de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.
Petro suspendido como presidente de Colombia
Gustavo Petro no ha respondido a esta acción. El mandatario colombiano se encuentra en Nueva York para participar en una sesión del Consejo de Seguridad de la ONU y una reunión con el alcalde Zohran Mamdani.
Mientras dure la suspensión queda en el cargo, la vicepresidenta Francia Márquez.
Argumentos jurídicos
El abogado de Derecho Público, Pablo Betancur, explicó que el presidente en Colombia tiene fuero y, por lo tanto, no puede sancionarlo la Procuraduría o la Fiscalía y el órgano encargado de sancionar a un mandatario es precisamente la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes.
“Inicialmente queda suspendido hasta el 21 de junio. Y por ahora, una medida cautelar y debe discutirse en plenaria de la Cámara”, explicó Betancour.
Es una medida inédita con un presidente, pero el tema de las suspensiones ya es conocido por Petro.
Betancur relató que cuando el actual mandatario fue alcalde de Bogotá se le suspendió del cargo. “En 2014, creó una crisis ambiental en la capital por reemplazar a las empresas que tenían el servicio de recolección de basuras, el entonces Procurador General, Alejandro Ordoñez, lo destituyó e inhabilitó por 15 años”.
Por la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se le levantó la suspensión.
“Por eso pudo competir en las elecciones en que Iván Duque resultó presidente. Como quedó en segundo lugar en esos comicios, aseguró un escaño en el Senado en el que estuvo hasta 2022”, acotó Betancur.
Trámites constitucionales
Betancur explicó que en Colombia está la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, es decir, el Congreso de la República, que es el que puede dirigir las acciones.
Esta comisión, la que formula la acusación, la presenta en la plenaria del Congreso y luego pasa, si es el caso, a presentar una acusación ante la Corte Suprema de Justicia, para tomar decisiones en contra del presidente y sancionarlo.
“Es un régimen completamente distinto y especial para el presidente de la República y es inédito en el sentido de que es la primera vez que el presidente es suspendido”, acotó Betancur.
Desmentido categórico
Diversas voces del ámbito jurídico y político desmintieron categóricamente que el presidente Gustavo Petro lo suspendieron de su cargo, aclarando que la Comisión de Investigación y Acusación carece de facultades legales para tomar una decisión de esta naturaleza dado que la Cámara de Representantes y el Senado deben aprobar en pleno la iniciativa.
Los expertos enfatizan que la polémica resolución que circula en la opinión pública es un proyecto inicial que ni siquiera ha sido discutido, calificando de «jurídicamente discutible» y «absurda» cualquier pretensión de apartar al mandatario bajo este mecanismo, el cual solo busca generar desinformación en la coyuntura política actual.
«El presidente no está suspendido, esto simplemente es un proyecto que no tiene el alcance de suspender al mandatario»: abogado penalista, Francisco Bernate
El abogado penalista Francisco Bernate señaló, en una entrevista en el programa El Calentao de Señal Colombia, que el presidente Gustavo Petro no está suspendido y calificó de «jurídicamente discutible» la propuesta de suspensión.
Subrayó que una ponencia o acción de esta naturaleza ante la Comisión de Acusaciones no tiene la facultad de suspender al mandatario, ya que el proceso requiere obligatoriamente de un debate en la propia Comisión de Investigación y Acusación. Un debate en la Cámara de Representantes y posterior en el Senado de la República.
Bernate enfatizó que es necesario tomar este proyecto con total prudencia. Explicó que la propuesta primero aprobar la Cámara para luego pasar a debate en el Senado; solo si este último cuerpo legislativo determina la indignidad del cargo, se procederá a suspender al mandatario, remitiendo finalmente el caso a la Corte Suprema de Justicia.
Benedetti se pronuncia
Igualmente, el embajador Armando Benedetti aclaró que la Comisión de Acusaciones no tiene el poder de suspender al presidente de la República, ya que su único trabajo es investigar. El diplomático explicó que el único que puede apartar al mandatario de su cargo es el Senado, y solo después de que toda la Cámara de Representantes lo haya acusado formalmente.
Por lo tanto, insistió en que la decisión de suspender al jefe de Estado no puede depender de la voluntad de una sola congresista.


